CONCURSO DECORACIÓN DE
COMERCIOS EN NAVIDAD 2017/2018
BASES
El Ayuntamiento de Loja a través del
Área de Turismo convoca el concurso de decoración de comercios durante la
Navidad 2017/2018, con arreglo a las siguientes Bases:
PRIMERA: El objetivo de las presentes bases es premiar la mejor
decoración del Comercio de la Ciudad de Loja en la navidad del 2017/2018.
SEGUNDA: Podrán participar todos los establecimientos comerciales
ubicados en el Término Municipal de Loja.
TERCERA: Los comercios participantes deberán tener la instalada la decoración
en el establecimiento desde el día 15 de diciembre del 2017 hasta el 6 de enero
del 2018, ambos inclusive. El concurso irá dirigido a potenciar la ambientación
de la ciudad en general, por lo que, la decoración no se limitará al escaparate, sino que podrá
ampliarse el espacio decorativo a la puerta del comercio y zona de calle que
afecte al establecimiento, sin que ello pueda suponer la instalación de
elementos que por sus características o propiedades pudiesen impedir o
dificultar la circulación de vehículos y/o peatones, ni poner en riesgo su
seguridad. Con ellos se pretende
potenciar el embellecimiento de los comercios en Navidad, fomentando así
el ánimo a salir a la calle.
CUARTA: Para los comercios que quieran participar, se abre el plazo
de inscripción desde el día 11 de diciembre de 2017 hasta las 13 horas del día 15
de diciembre de 2017, en las dependencias del
Área de Turismo (Plaza de la Constitución, ó Centro de Interpretación
del Agua) o bien mediante correo electrónico a: turismo@aytoloja.org o lojaturismo@gmail.com.
En la inscripción constarán los siguientes
datos del establecimiento: nombre y DNI/CIF del titular, nombre y dirección del
establecimiento, y número de teléfono y e-mail de contacto.
QUINTA: Se
establecen dos premios:
A. Primer
premio, a elegir entre los diferentes pack:
-
PACK
AVENTURA. Se podrá elegir entre:
·
AVENTURA
EN AIRE otorgado por AIRBORN ADVENTURE PARAPENTE y que consiste en un vuelo biplaza para una
persona + 200 € en metálico.
·
AVENTURA
EN ROCA otorgado por SPORTNATURA y que consiste en elegir entre Vía Ferrata /
Descubrimiento de la Espeleología / Descenso de Barrancos para dos personas+
200 € en metálico.
-
PACK
DESCANSO: Circuito SPA LA BOBADILLA ROYAL HIDE AWAY + 200 € en metálico.
B.
Segundo premio: Publicidad en Onda Loja Radio de 30 cuñas de 30”, un
faldón en el Corto de Loja y publicidad en Loja TV de 5 espacios publicitarios
al día durante un mes. Además de una visita guiada privada para el grupo que
configure el ganador, siempre adaptándose al programa de visitas guiadas del Área
de Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Loja.
SEXTA: El jurado estará compuesto por una persona especialista en
decoración, una persona del ámbito del comercio y una persona especialista en
medios de comunicación y precedida por los Concejales Delegados de Fiestas y de
Turismo, con voz y sin voto. Los miembros del Jurado serán designados por la
Alcaldía.
El jurado visitará los comercios
inscritos durante los días 18, 19 y 20 de diciembre del 2017. Tras el fallo, el jurado levantará acta de
los acuerdos adoptados, y estos podrán ser consultados a partir del día 21 de
diciembre de 2017 por cualquier persona que así lo desee. Los premios serán
concedidos por la Alcaldía con arreglo al fallo del Jurado.
SEPTIMA: La participación en este concurso implica la total
aceptación de estas bases.
OCTAVA: Contra las presentes bases, así como contra las
resoluciones administrativas que se dicten en aplicación de las mismas y que
pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo, ante el Alcalde de este
Ayuntamiento, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por
silencio. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera
estimar más conveniente al derecho de los interesados.
No obstante, contra las
resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el
fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento,
produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos,
de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, se podrá
interponer directamente recurso contencioso-administrativo o el recurso
potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de
nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015. El
plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes, desde su
interposición.
En Loja, a 23 de
noviembre de 2017.
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